lunes, 21 de marzo de 2011

50 AÑOS MÁS TARDE... NUESTRA CONSTITUCIÓN: DEBERES

DEBERES

1. Todo indivíduo habitante de la isla debe trabajar por el bien común, sino será juzgado por la asamblea de justicia, y tendrá una posible sanción.
2.Todas las familias deben llevar a sus hijos al colegio que se ha creado en la isla.
3. Todos los ciudadanos tienen el deber de respetar a los demás miembros de la isla.
4. Está prohibido atentar psicológica y físicamente a cualquiera que habite en la isla.
5. No está permitido violar ninguno de los derechos de nuestra Constitución, pues esto será sancionado.
6. Se deben aprovechar todos los recursos posibles (comida, bebida, materiales de construcción...) ya que son limitados dentro de la isla.
7. No se debe abandonar a ningíun bebé recién nacido.
8. Toda persona con mínimo conocimiento sobre medicina u otros campos útiles para sobrevivir en la isla, está obligado a usarlos para el bien común.
9. Toda persona tiene el deber de compartir sus bienes, siempre que otro individuo carezca de ellos.
10. Todos los individuos tienen el deber de mantener unas condiciones higiénicas mínimas, por el bien común.

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